Existe cierta confusión entre los conceptos de pensión alimenticia y pensión compensatoria. El abogado de divorcios en Asturias recibe numerosas consultas precisamente en torno a esta cuestión.

En primer lugar, es importante que indiquemos que la pensión compensatoria se puede recibir tanto si hay hijos en común como si no los hay, e independientemente del régimen de bienes con el que se contrajese matrimonio. En cambio, la pensión alimenticia está concebida exclusivamente para el sustento de los hijos en común y, en principio, la obligatoriedad de pagarla cesa cuando estos pueden sostenerse económicamente.

La pensión compensatoria es una figura que existe para que uno de los cónyuges pueda mantener su nivel de vida previo a la separación si, como resultado de esta, sufre un desequilibrio de ingresos o patrimonial. Esta es la razón por la que se puede aplicar indistintamente a matrimonios que estuviesen casados en régimen de gananciales como por separación de bienes. Puedes recurrir un despacho especializado en divorcios si consideras que tienes este derecho. Este supuesto vale indistintamente para hombres o mujeres, puesto que aquí se determina un nivel de ingresos.

Un elemento que has de conocer es que, en principio, la pensión compensatoria no tiene un límite temporal definido. La jurisprudencia sí determina claramente que una persona que recibe la pensión y se vuelve a casar la perdería. Pero en otros casos se tendrá que recurrir al juzgado para determinar si, efectivamente, el beneficiario tiene derecho a seguir percibiéndola.

Precisamente, como el hecho que genera el derecho puede ser interpretable, el asesoramiento de un despacho de abogados especialistas en derecho de familia es fundamental. Si necesitas un abogado de divorcios en Asturias no dudes contar con nosotros en Montserrat González Rufo - Abogados, estudiaremos tu caso de manera minuciosa, ya que de una pensión compensatoria puede depender tu estabilidad económica a corto plazo.